Los Municipios se rigen por una Ley madre, equivalente a la CONSTITUCIÓN de las Municipalidades, que se llama  LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESy es la que regula el funcionamiento de los municipios. En su capítulo II la Ley Orgánica establece los deberes y atribuciones del Concejo Deliberante.